PROTOCOLO DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

PROTOCOLO DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA FRENTE A LA VIOLENCIA

DELEGADO PROTECCIÓN: Laura Asensio Llena

CONTACTO: delegadobalonmanoikasa@gmail.com

VERSIÓN: 1.0 DIC 2025

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INTRODUCCIÓN-JUSTIFICACIÓN DEL PROTOCOLO

La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (en adelante LOPIVI), promulga la necesidad efectiva de actuación para garantizar a los menores su desarrollo personal en entornos seguros.

Estos entornos se circunscriben a todas las áreas de su desarrollo como personas, incluyendo la educación, la cultura y el deporte.

El Comité de los Derechos del Niño en la Observación General número 13 (2011) referido al derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia, indica las graves repercusiones de la violencia y los malos tratos sufridos por los niños, niñas y adolescentes.  Además, también hace referencia al rol de los profesionales que trabajan con niños, niñas y adolescentes, indicando que tienen la responsabilidad de asegurar que sus acciones no violenten a los menores y que se respete el interés superior del niño en todas las intervenciones. 

Es una obligación de las entidades deportivas, como la nuestra, garantizar a los menores que su actividad de aprendizaje, práctica y evolución deportiva se realice en entornos seguros, donde no sea posible la violencia física o psíquica hacia ellos, promovida o realizada por adultos, ni por otros menores con los que se relacionen.

Estas nuevas obligaciones quedan determinadas en el articulado de la LOPIVI y de manera relevante para nuestra entidad en los artículos 47 y 48.

Desde BALONMANO IKASA compartimos y defendemos que esto no es sólo una obligación adquirida por el mandato de una ley, sino que es imperativo dentro de nuestros valores y principios, proteger al menor y brindar una práctica deportiva feliz y segura. Tenemos la intención de concienciar a todas las personas que participan en nuestro  club, en la educación en valores y en la transmisión del espíritu del esfuerzo y sacrificios personales que conlleva el deporte, garantizando en todo momento la preservación de la autoestima de los menores, potenciando sus habilidades y erradicando los sistemas de entrenamiento y situaciones dentro de la práctica deportiva en los que se ejerza cualquier tipo de violencia verbal, física o psíquica hacia ellos.

El proceso de aprendizaje, de superación, la tecnificación e incluso el posible alto rendimiento que lleva intrínseco nuestro deporte, suponen rutina, disciplina, repetición, que los adultos deben gestionar con responsabilidad, generando entornos seguros, de confianza y protección integral del menor.

Por todo esto, elaboramos este protocolo con la intención de garantizar que el comportamiento de todas las personas vinculadas al Club esté alineado con los principios y valores de nuestra entidad y con la defensa y el respeto de los derechos de todas las personas independientemente de su condición.

OBJETIVOS DEL PROTOCOLO

Este protocolo tiene dos finalidades claras: la prevención y la intervención. 

  • Garantizar que todas las personas y entidades vinculadas al club conozcan el contenido del protocolo y de los servicios de protección que tienen a su disposición, para velar por la integridad física, emocional, psicológica y moral de los menores ante cualquier tipo de violencia o abuso que pueda presentarse en el marco de las actividades deportivas, recreativas o virtuales del club, promoviendo al mismo tiempo su desarrollo personal y una formación adecuada de su personalidad.

  • Crear un entorno seguro e inclusivo en la práctica deportiva, promoviendo el buen trato, la igualdad y el respeto hacia todos los participantes.

  • Sensibilizar y promover un contexto social de rechazo hacia cualquier tipo de violencia; fomentando la formación de las personas que participen en nuestras actividades, con la continua mejora en sus capacidades.

  • Poner todos los medios a su alcance para resolver, con la mayor celeridad y eficacia posible, las solicitudes de ayuda presentadas.

  • Adoptar medidas de protección contra las víctimas o terceras personas que hayan informado acerca de cualquier conducta relacionada con la violencia de cualquier tipo sobre menores y/o adolescentes.

  • Garantizar la confidencialidad y el archivo adecuado de la documentación relacionada con un posible caso, según lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

El protocolo de actuación contra cualquier tipo de violencia ejercida sobre menores y/o adolescentes, es aplicable a toda la actividad desarrollada por BALONMANO IKASA, tanto en relación con los propios deportistas, personal técnico y auxiliar, público, relación con terceros etc., con independencia del tipo de vinculación, relación laboral y tipología de contrato que mantengan con el club. En términos generales, a cualquier persona que participe o colabore, de forma directa o indirecta, en las actividades impulsadas por el club.

Las situaciones que excedan de las competencias de BALONMANO IKASA serán debidamente gestionadas y se pondrán en conocimiento de la autoridad administrativa, deportiva, servicios sociales, cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y/o judiciales competentes.

PRINCIPIOS DEL PROTOCOLO

Se deberán respetar siempre los siguientes principios:

  • Garantía de protección: La prioridad será asegurar la protección inmediata de los niños, niñas y adolescentes, procurando que cualquier situación de ofensa, maltrato o agresión cese de forma efectiva y no vuelva a repetirse.

  • Intervención adecuada, ágil y responsable: Ante la detección de hechos violentos o inadecuados, se deberá intervenir siempre, de manera rápida, eficaz y proporcional, evitando actuaciones precipitadas que puedan agravar la situación.

  • Medidas reparadoras y disciplinarias: La respuesta institucional contemplará, según la naturaleza del caso, tanto medidas de reparación y apoyo a la víctima como, cuando corresponda, medidas disciplinarias hacia la persona responsable.

  • Discreción y confidencialidad: Toda actuación se llevará a cabo con el máximo respeto a la privacidad, garantizando que únicamente las personas directamente implicadas en la intervención tengan conocimiento de los hechos y de las acciones adoptadas.

  • Atención integral a todas las personas implicadas: La intervención deberá incluir a todas las partes afectadas (víctimas, posibles agresores y testigos), asegurando una atención adecuada y equitativa a cada una de ellas.

  • Prudencia y sensibilidad: Las actuaciones deberán realizarse con la máxima prudencia, empatía y sensibilidad, reconociendo el impacto emocional que este tipo de situaciones genera en las víctimas, sus familias y el entorno deportivo.

  • Colaboración y reserva de las familias: Se valorará especialmente la discreción y la colaboración de las familias en la aplicación de las medidas adoptadas, entendiendo que su implicación es esencial para la resolución y prevención de nuevos incidentes.

  • Protección de datos personales: Toda actuación deberá respetar lo establecido en la normativa vigente en materia de protección de datos personales, garantizando la confidencialidad y el tratamiento adecuado de la información sensible.

Se considera oportuno destacar la importancia de ofrecer formación específica a todo el personal de la entidad deportiva, con el objetivo de promover buenas prácticas en la interacción y relación con los jugadores y jugadoras que participan en las actividades del club. Dicha formación contribuirá, además, a prevenir conductas inadecuadas o inapropiadas que, aun sin constituir actos de violencia, puedan ser malinterpretadas o generar incomodidad y malestar en los menores.

DELEGADO/A DE PROTECCIÓN DEL CLUB

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley LOPIVI, el club designará a una persona responsable que ejercerá las funciones de Delegado/a de Protección. La persona designada deberá contar con la formación, cualificación y conocimientos específicos en materia de protección de la infancia y la adolescencia, de conformidad con la normativa vigente.

El club garantizará la publicación y difusión accesible de la identidad y las formas de contacto del/de la Delegado/a de Protección, de manera que cualquier persona (menor o adulta) pueda comunicarse con él o ella para trasladar inquietudes, consultas, reclamaciones o denuncias relacionadas con posibles situaciones de violencia.

CANAL DE DENUNCIAS Y COMUNICACIÓN

El club contará con un Canal de Denuncias y Comunicación que permita, de forma sencilla y accesible para cualquier persona (menor o adulta), expresar inquietudes, quejas, reclamaciones, denuncias o sugerencias relacionadas con situaciones de violencia, maltrato o trato inadecuado hacia niños, niñas o adolescentes, tanto dentro como fuera del club.

Este canal deberá garantizar en todo momento la confidencialidad de quien lo utilice y ofrecer una respuesta adecuada y segura.

El canal podrá usarse de las siguientes maneras:

  • Correo electrónico de la Delegada de Protección: delegadobalonmanoikasa@gmail.com dirección publicada en la web oficial del club, para facilitar la comunicación directa y confidencial.

  • Atención personal: cualquier persona vinculada al club (jugadores/as, entrenadores/as, familias, personal o voluntariado), podrá dirigirse personalmente a la Delegada de Protección si detecta o sospecha alguna forma de violencia o maltrato.

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN

El procedimiento a seguir ante cualquier situación de violencia está definido por tres fases. Estas fases podrán solaparse, adaptarse al suceso o a las personas o ponerse en marcha según la necesidad y la casuística específica de cada caso. Las etapas del procedimiento son las siguientes:

  1. PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y/O DENUNCIAS

  2. PROCEDIMIENTO DE VALORACIÓN E INVESTIGACIÓN

  3. CONCLUSIÓN Y APLICACIÓN DE MEDIDAS

DIFUSIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD DEL PROTOCOLO

BALONMANO IKASA garantiza que el presente protocolo no constituye únicamente un documento formal, sino una herramienta viva, conocida y aplicable en la dinámica diaria de la entidad. Para ello, se establecen las siguientes medidas de difusión y comunicación:

  1. Publicidad y Accesibilidad General

  2. Difusión a Familias y Deportistas

  3. Compromiso del Personal y Cuerpo Técnico

  4. Jornadas de Formación y Sensibilización

ENTRADA EN VIGOR, VIGENCIA Y REVISIÓN PERIÓDICA

El presente protocolo entrará en vigor en el mismo momento de su publicación en la web oficial del BALONMANO IKASA y será de obligado cumplimiento inmediato para todas las personas incluidas en su ámbito de aplicación.

El protocolo tendrá una vigencia indefinida, manteniéndose activo en tanto no sea sustituido o modificado por un nuevo acuerdo o cambio en la legislación o normativa vigente.

Procedimiento de Revisión Periódica:

  • Revisión Ordinaria (Anual): La Delegada de Protección a la Infancia llevará a cabo una revisión ordinaria del protocolo al finalizar cada temporada deportiva (preferentemente entre los meses de junio y julio). En dicha revisión se evaluará la eficacia de los canales de comunicación, los casos atendidos (si los hubiera) y el grado de formación del personal.

  • Revisión Extraordinaria: El protocolo se actualizará de forma inmediata en cualquiera de los siguientes supuestos:

    • Cambios legislativos o normativos que afecten a la protección de menores en el ámbito deportivo (LOPIVI, Ley del Deporte, normativas autonómicas o federativas).

    • Tras la resolución de un incidente o caso de violencia relevante en el club, para incorporar los aprendizajes, mejoras organizativas o correcciones detectadas durante la gestión de la crisis.

    • A propuesta motivada de la Delegada de Protección o de la Junta Directiva.

Cualquier modificación aprobada dará lugar a una nueva versión numerada del protocolo, que será debidamente notificada y publicada a través de los canales oficiales del club.